La Senadora de Morena festejó que ya se publicó en el Diario oficial de la Federación la reforma a la Ley de Bienes Nacionales, misma que ordena sanciones de hasta más de un millón de pesos a quienes impidan o restrinjan el acceso a las playas nacionales.
CIUDAD DE MÉXICO, 22 octubre miércoles 2020.- La Senadora Marybel Villegas festejo que el presidente Andrés Manuel López Obrador cumplió un compromiso más al publicar este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto para garantizar libre acceso y tránsito en las playas del país.
Afirmó que por ley se sancionará a quienes impidan o restrinjan el acceso a las mismas, con multas de hasta un millón 42 mil 560 pesos.
“El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación un decreto en el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Bienes Nacionales, para garantizar el libre acceso y tránsito en las playas”, refirió la Senadora morenista.
En la nueva ley se establece que en caso de no existir vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítima terrestre deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas mediante los accesos que para tal efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente. Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción establecida, se revocará la concesión, autorización o permiso.
“Desde el Senado de la República seguiremos defendiendo los derechos de todos los mexicanos y garantizando que se cumpla la Ley” añadió Villegas Canché.
La legisladora apoyó esta decisión, pues la pandemia del Coronavirus afectó seriamente al sector turístico en las zonas costeras del país.
“La industria turística del país, y en especial en Quintana Roo, fue la más afectada por la pandemia del Covid-19″ señaló.
“Algunas personas físicas y morales han ido restringiendo el uso de estas zonas públicas, menoscabando el derecho de todos los mexicanos de su disfrute. Por ello, el disfrute público de las playas no solo es un derecho, sino que esto lo constituye un patrimonio invaluable, al cual todas las personas deben de tener acceso libre y sin restricciones”, enfatizó.
En concreto, explicó, se adiciona un párrafo tercero al artículo 8; un párrafo segundo al artículo 127, y un artículo 154 a la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar de la siguiente manera:
ARTÍCULO 8.- El acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento.
ARTÍCULO 127.- En el caso de que no existan vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas marítimas, a través de los accesos que para el efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con los propietarios, mediando compensación en los términos que fije el reglamento. Dichos accesos serán considerados servidumbre, en términos de la fracción VIII del artículo 143 de esta Ley.
ARTÍCULO 154.- Se sancionará con multa de entre tres mil y hasta doce mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente a los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre que por cualquier medio o acto impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen o condicionen el acceso a la zona federal marítimo terrestre y a las playas marítimas.
Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción señalada en el párrafo anterior, se revocará la concesión, autorización o permiso, observando en lo conducente, lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley.
Este decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación, es decir este jueves.
Marybel recordó que a fines de septiembre pasado, el pleno del Senado aprobó modificaciones a la Ley General de Bienes Nacionales que imponen multas de más de un millón de pesos al particular que prohíba el acceso a playas y a la zona federal marítimo terrestre del país.
Los cambios avalados establecen multas de 3 mil a 12 mil veces el valor (86.88 pesos) de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) a quien también inhiba, restrinja, obstaculice o condicione la entrada a las playas.
La multa aumentará a un millón 42 mil 560 pesos, es decir, 12 mil veces el valor de la UMA.
“Hay que señalar que la restricción al acceso de playas que realizan los propietarios de predios colindantes a la zona federal marítimo-terrestre, representa un acto de discriminación a los ciudadanos, pues asumen como propia una franja que no está en el comercio y cuyo dominio corresponde a la nación”, explicó.
La Senadora enfatizó que esta nueva Ley va a ayudar sin duda a evitar discriminación, porque sí la hay. ¿Cuántos de nosotros no hemos ido a algún lugar turístico y encontramos letreros diciendo que está prohibido el paso? Pero, aparte de eso, no consienten que alguien se instale a disfrutar de la playa, a disfrutar de un recurso natural y que son bienes de la nación”.