PODER Y ESTADO PERFILES

SCJN autoriza al INE realizar Revocación de Mandato con menos casillas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó al Instituto Nacional Electoral (INE) realizar la consulta de Revocación de Mandato conforme lo permita su presupuesto e instalar un menor número de las 160 mil casillas originalmente previstas.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá modificó su resolución del pasado 10 de diciembre del 2021 relativa la controversia constitucional 209/2021, y otorgó la suspensión solicitada por el INE para ajustar su presupuesto y llevar a cabo el procedimiento de Revocación de Mandato “de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado”.

Lo que se traduce en que el órgano electoral podrá instalar sin consecuencia jurídica en contra un menor número de casillas el día de la jornada de votación prevista para el 10 de abril próximo.

La suspensión otorgada por el Alto Tribunal también tiene el efecto de que “no se ejecute la resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa” en contra de los integrantes del Consejo General INE.

La medida cautelar tiene efectos de inmediato y sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente.

INE sin responsabilidades penales o administrativas por consulta

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá otorgó una suspensión al Instituto Nacional Electoral para que los consejeros electorales no sean sujetos de “algún tipo de responsabilidad penal o administrativa” derivados de los actos para realizar la consulta de Revocación de Mandato.

Un ejemplo por lo que no se podrán fincar responsabilidades de este tipo es disminuir hasta en un tercio el número de casillas contempladas para el ejercicio de participación ciudadana.

Con esta medida cautelar los consejeros no podrán ser responsabilizados por las acciones operativas como ajustar el presupuesto, disminuir insumos, capacitadores y funcionarios de casilla para la jornada de votación del próximo 10 de abril.

Cabe señalar que con esta resolución tampoco se podrán ejecutar actos jurídicos derivados de las denuncias penales que interpuso el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna en contra de seis integrantes del Consejo General del INE.

Luego de la publicación del acuerdo del árbitro electoral por el que se aplazó temporalmente algunos actos administrativos relacionados con la organización de la Revocación de Mandato.

Acuerdo que la SCJN determinó como inconstitucional y ordenó dejar sin efecto.

Related Articles