La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional 209/2021 interpuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del recorte presupuestal de 4.9 mil millones de pesos, que de acuerdo con la autoridad electoral pone en riesgo la realización de la Revocación de Mandato.
A través de la lista de notificaciones electrónicas del Alto Tribunal el ministro instructor del asunto negó la suspensión al INE sobre la obligación de realizar los ajustes a su presupuesto para garantizar la realización de la Revocación de Mandato.
“Es improcedente la suspensión respecto a que el Instituto Nacional Electoral no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato”.
El acuerdo también advierte que el INE no puede eximirse de realizar el ejercicio de Revocación de Mandato en caso de cumplirse con las firmas requerida el próximo 10 de abril de 2022, pues de de negarse “su personal -será sujeto- de las sanciones administrativa, penales o de diversa índole a que hubiera lugar”.
Sin embargo, la SCJN sí concedió al INE la suspensión relacionada con las remuneraciones de los servidores públicos integrantes de la institución electoral, es decir, los funcionarios continuarán percibiendo salarios superiores al del Ejecutivo Federal.
“Es procedente la suspensión respecto a la forma en cómo se debe calcular las remuneraciones y demás prestaciones de los servidores del Instituto Nacional Electoral”, señala el acuerdo.
Respecto al tema de Revocación de Mandato, el ministro ponente deberá elaborar un proyecto de resolución sobre la controversia constitucional y presentarlo en sesión del pleno de la SCJN, para lo cual no tiene tiempo perentorio.