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IEQROO declaró desierta la candidatura independiente del ayuntamiento de Benito Juárez para el Proceso Electoral Local 2024.

Chetumal, Q. Roo; a 13 de abril. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria con carácter de urgente determinó declarar desierto el proceso de selección de candidato independiente a presidencia municipal por el Ayuntamiento de Benito Juárez del ciudadano Berzain Rodrigo Vázquez Coutiño para el Proceso Electoral Local 2024, por no haber obtenido el mínimo de respaldos ciudadanos, en cumplimiento a la sentencia recaída en el expediente JDC/025/2024 del TEQROO.

El aspirante Berzain Rodrigo Vázquez Coutiño quien encabeza dicha planilla, recabó el 99.32% del umbral requerido para su candidatura independiente, que a su vez representa el 1.49% del padrón electoral correspondiente al Municipio de Benito Juárez, el umbral requerido era de 10 mil 294 respaldos ciudadanos y obtuvo apoyos ciudadanos válidos de 10 mil 225.

En otro punto del orden del día, se determinó el financiamiento privado para gastos de campaña que se otorgará a la planilla de candidatura independiente, encabezada por el C. Daniel Cruz Martínez, para contender en la elección del ayuntamiento de Othón P. Blanco, durante el Proceso Electoral Local 2024.

Se aprueba que el límite de financiamiento privado que puede recibir la candidatura independiente en el Ayuntamiento de Othón P. Blanco encabezada por el C. Daniel Cruz Martínez, por concepto de aportaciones de simpatizantes o la misma persona candidata, durante el periodo de campaña en el Proceso Electoral Local 2024, son los precisados a continuación: límite de financiamiento privado $1,813,412.28; de igual forma se aprobó el límite de las aportaciones de la candidatura independiente, así como de sus simpatizantes durante el periodo de campaña en el Proceso Electoral Local 2024, límite de aportación del candidato $187,215.45 y límite individual de simpatizantes $93,607.72.

Asimismo, se aprobó el financiamiento público para gastos de campaña de la planilla de candidatura independiente, encabezada por el C. Daniel Cruz Martínez, para contender en la elección de miembros del Ayuntamiento de Othón P. Blanco y se instruye a la Dirección de Administración de este Instituto, a efecto de que asigne el financiamiento público para gastos de campaña, que será de $58,742.30.

En otro punto del orden del día se aprobó determinar diversas modificaciones al reglamento del Instituto Electoral de Quintana Roo, para la organización de debates públicos entre las candidaturas a la gubernatura, diputaciones y presidencias municipales.

La Dirección de Partidos Políticos del Instituto, organizará debates públicos entre candidatos, siempre y cuando existan solicitudes por escrito de cuando menos dos candidatos a un mismo cargo de elección popular; el plazo para la recepción de las solicitudes será dentro de los cinco días posteriores al inicio del periodo de campaña de la elección de que se trate.

 

En el contexto de la organización de debates entre candidaturas durante las campañas de los procesos electorales locales, el Instituto gestionará ante las autoridades competentes la trasmisión de los debates en radio y televisión; siendo el caso, que las señales radiodifundidas que el Instituto genere para este fin podrán ser utilizadas, en vivo y en forma gratuita, por los demás concesionarios de radio y televisión, así como por otros concesionarios de telecomunicaciones, en tal supuesto, los debates de las candidaturas a la gubernatura, deberán ser transmitidos por las estaciones de radio y televisión de las concesionarias locales de uso público.

Además, se contempla que los medios de comunicación nacional y local, previa comunicación al Instituto, podrán organizar debates entre candidaturas; y que tal consideración será regulada de conformidad con el Reglamento que al efecto éste expida, el cual, deberá atender a las siguientes bases: I. Que los debates se realicen bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, equidad y objetividad; II. Que el formato, las bases, metodología, y procedimientos aplicables para su realización y difusión estén apegados a los principios antes señalados; III. Que, en el desarrollo y contenido de los debates, la ciudadanía conozca a los candidatos, sus planteamientos políticos y plataformas electorales; IV. Que, bajo el principio de imparcialidad, sean invitados a los debates públicos todos los candidatos registrados a un cargo de elección popular y participen por lo menos dos candidatos de la misma elección; V. Que todo aquel debate público que no sea realizado por el Instituto, cumpla con las disposiciones señaladas en las anteriores bases. Además, se consagra que la no asistencia de uno o más de las candidaturas invitadas a estos debates no será causa para la no realización del mismo, entre otros.

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