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ANUNCIA AYUNTAMIENTO DE BJ FECHAS PARA PAGO DE BECAS DEL CICLO ESCOLAR 2020-2021

Cancún, Q.R., 20 de junio de 2021.- Como parte de los esfuerzos realizados para impulsar la educación en el municipio, el Ayuntamiento de Benito Juárez a través de la Secretaría de Desarrollo Social y Económico dio a conocer el calendario de pago de becas del segundo periodo escolar 2020-2021, que comenzará el próximo jueves 08 de julio y buscará beneficiar a tres mil 293 estudiantes.

A fin de prevenir la deserción escolar de las y los jóvenes benitojuarense, el gobierno municipal ofrece este tipo de apoyo mediante el programa “Calidad Educativa e Impulso al Desarrollo Humano”, el cual contará con tres diferentes fechas y una sede única establecida en la escuela CBTIS 111, ubicada en la SM 1, sobre la avenida Chichen Itzá.

Para el próximo jueves 08 de julio se recibirá a todos los estudiantes de nivel especial a partir de las 08:00 horas, mientras que los niveles prescolar a las 10:00 horas, medio superior a las 11:00 horas y nivel superior a las 13:00 horas.

Los alumnos de nivel secundaria podrán recibir este beneficio el día 09 de agosto. Se atenderá en orden alfabética según la inicial del primer apellido del beneficiario y será de la siguiente forma: de la letra “A” a la “C” en punto de las 08:00 horas, de la “D” a la “J” a las 10:00 horas, de la “K” a la “Q” a las 12:00 horas y de la “R” a la “Z” a las 14:00 horas.

Con la misma logística, el día 06 de septiembre se atenderá a nivel primaria, a quienes cuyo apellido inician de la “A” a la “B” a las 07:00 horas, de la “C” a la “D” a las 08:00 horas, de la “E” a la “K” a las 10:00 horas, de la “L” a la “O” a las 12:00 horas, de la “P” a la “S” a las 14:00 horas y de la “T” a la “Z” a las 16:00 horas.

Los requisitos para recibir este beneficio son: aparecer en el padrón vigente; presentar original y copia de credencial de elector o pasaporte del padre, madre o tutor que aparece en el padrón; así como el acta de nacimiento del alumno.

Cabe señalar que la entrega del recibo de pago se realizará únicamente a la persona cuyo nombre aparezca en el apartado correspondiente a: “Nombre del tutor” en el padrón vigente. La entrega de este documento se autorizará a terceras personas únicamente en casos de fuerza mayor mediante carta poder, siempre que esta cumpla con los requisitos de ley.

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